Por 40-on, hace 1 año y 8 meses

Tele2... la historia continúa.

A continuación reproduzco el fax que he enviado al SERVICIO DE RECLAMACIONES de Tele2 el día 21 de Noviembre y que después de 15 días NO HAN TENIDO, siquiera, LA DECENCIA DE CONTESTAR.

 

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Por 40-on, hace 1 año y 9 meses

Sin conexión gracias a Tele2

Desde el domingo día 5 estoy sin ADSL, ayer domingo sin teléfono. Sigue la incidencia abierta. En 10 meses llevo de media 1 incidencia de este tipo cada dos meses :-(

Empiezo a barajar alternativas sin mucha esperanza:

  • Jazztel descartado... un año de sufrimiento con ellos me ha servido de escarmiento.
  • Telefónica: Cara y con poco servicio (1 mb hoy es muy miserable)
  • Terra: Igual que Telefónica.
  • Ono... quizás sea la alternativa aunque me fastidia bajar la velocidad de la ADSL (actualmente tengo 6 mb teóricos -3 reales- y pasaría a 2 mb teóricos)

En fin, de todas maneras aún me quedan 2 meses de permanencia en Tele2 son pena de pagar penalización por cancelación anticipada.

«Ajo y agua»

Edito: una semana sin conexión, aunque me cobren la penalización me largo de Tele2. Ahora mismo estoy conectando gracias a un vecino anónimo que tiene su router wifi abierto de par en par. El blog estará en «off» hasta que todo se vuelva a normalizar :-(

Por 40-on, hace 1 año y 10 meses

Aprende a interpretar correctamente el Código Penal

«Aprende a interpretar correctamente el Código Penal siguiendo la lógica aplicada por la industria, que considera que la reproducción, distribución y comunicación pública de obras intelectuales que te den cualquier beneficio o utilidad es delictiva. Para ello, practica con este sencillo test: Siguiendo la interpretación que hace la industria del articulo 270 del Código Penal, elige cual es la acción considerada de mayor gravedad.

1ª. PREGUNTA:
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda la discografía del artista. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a 2 años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).

2ª. PREGUNTA:
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se le va la mano, se lleva 50 compactos, por valor global de 1.000 euros.
RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3ª. PREGUNTA:
a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

4ª. PREGUNTA:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de 3 meses a 1 año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal).Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CD o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5ª. PREGUNTA:
a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a Susana.
RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo 184.2 del Código Penal.

6ª. PREGUNTA:
a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7ª. PREGUNTA:
a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el «Kill'em All» de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del art. 630 del Código Penal.

8ª. PREGUNTA:
a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película «Los Angeles de Charlie».
RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la «a», puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a 2 años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el art. 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Y una más: Farruquito atropelló y mató a una persona, sin tener ni seguro ni carné de conducir, no auxilió a la víctima, se dio a la fuga, ocultó pruebas.....y sin embargo va a ser muy improbable que pise la cárcel»

Vía Blog PCActual

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Por 40-on, hace 1 año y 11 meses

Hacer un "reset"... del cerebro.

De vez en cuando te encuentras con reflexiones que encierran verdades como puños y que hacen que pares y te plantees ciertas actitudes. Pedro Murillo en su blog nos hace reflexionar sobre la «sobrecarga informativa». Lo cierto es que he llegado a él haciendo lo que comenta, absorviendo cantidad de información que en ciertos momentos me saturan sobremanera dejando poco tiempo a la creatividad y al disfrute, en si, de mi propia actividad. Lectura muy recomendable.

Moraleja: Como todo en la vida, en la mesura encontraremos el equilibrio. (40-on dixit)

Por 40-on, hace 1 año y 11 meses

249.99 dólares = 249 euros

Bueno, ya sabemos los precios de lanzamiento y fechas de la Nintendo Wii en los tres mercados punteros de nuestro mundo mundial: Japón, USA y Europa.

Japón:

Fecha de lanzamiento: 2 de diciembre, 2006.

Precio: 25,000 yenes (212 dólares).

Estados Unidos de América:

Fecha de lanzamiento: 19 de noviembre, 2006.

Precio: 249.99 dólares.

Europa:

Fecha de lanzamiento: 8 de diciembre, 2006.

Precio: 249 euros.

A mí me importa un comino ya que lo único que me gusta es el diseño, no soy jugón. Lo que me intriga, me irrita y al mismo tiempo me «mosquea» es el redondeo del usd y el euro. Al cambio actual si en USA la venden por 249.99 dólares en Europa deberían de venderla por 196 euros. Por otro lado deberíamos de analizar el poder adquisitivo medio de un japo, un yankee y un españolito y creo no equivocarme si digo que al ibérico,en términos absolutos, le sale la consola por el doble que al japonés y además será el último en poder comprarla, encima de burro...

Mejor jugar a la brisca :-(

nintendo_wii

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